VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 324 a 334, interpuesto por Alejandro Vargas Álvarez, contra el Auto de Vista Nº 126/2014 de 28 de mayo, de fs. 315 a 318, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Severo Choque López, contra el recurrente; la respuesta de fs. 336 y vta.; el Auto concesorio del recurso de fs. 337; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Quillacollo - Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 60/2011 de 18 de noviembre (fs. 287 a 290), declarando probada en parte la demanda de fs. 2 a 3 y 6, en lo que respecta al pago de beneficios sociales de indemnización, aguinaldo y vacación, e improbada en cuanto al desahucio e incremento salarial de la gestión 2011, disponiendo que Alejandro Vargas Álvarez en su calidad de propietario de “COMERCIAL VARGAS”, pague a favor del actor la suma de Bs.30.381,92.-, de acuerdo a la liquidación contenida en la parte resolutiva
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 324 a 334, interpuesto por Alejandro Vargas Álvarez, contra el Auto de Vista Nº 126/2014 de 28 de mayo, de fs. 315 a 318, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Severo Choque López, contra el recurrente; la respuesta de fs. 336 y vta.; el Auto concesorio del recurso de fs. 337; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Quillacollo - Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 60/2011 de 18 de noviembre (fs. 287 a 290), declarando probada en parte la demanda de fs. 2 a 3 y 6, en lo que respecta al pago de beneficios sociales de indemnización, aguinaldo y vacación, e improbada en cuanto al desahucio e incremento salarial de la gestión 2011, disponiendo que Alejandro Vargas Álvarez en su calidad de propietario de “COMERCIAL VARGAS”, pague a favor del actor la suma de Bs.30.381,92.-, de acuerdo a la liquidación contenida en la parte resolutiva
- Demandada: Alejandro Vargas Álvarez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación deducido por Alejandro Vargas Álvarez (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación en el fondo interpuesto
- Indica que, a través de la confesión judicial espontánea efectuada por el demandante se demuestra
- Señala que de acuerdo al cuadernillo cursante de fs
- Manifiesta que la prueba cursante a fs
- Denuncia que, la prueba documental referida, así como la confesión judicial de oficio del demandante,
- Indica que, en virtud a la carga de la prueba ha demostrado que no ha
- Finaliza el recurso, solicitando al Tribunal de casación case el Auto de Vista recurrido, y
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo de fs
- Al respecto, para resolver la problemática planteada, corresponde partir de los siguientes criterios
- Dentro del marco legal señalado, en el caso de autos, el Tribunal de apelación
- Finalmente, en cuanto a la denuncia de valoración inadecuada de las pruebas testificales, confesionales y
- Bajo estos parámetros se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario del profesional abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
