b) Arguyen que la segunda fundamentación errada del Auto de Vista impugnado se vincula a
b) Arguyen que la segunda fundamentación errada del Auto de Vista impugnado se vincula a la afirmación de que la excepción de prescripción no opera de oficio, dando a entender que YPFB no hubiese planteado la excepción en su debida oportunidad, extremo que no es evidente, pues por memorial de fs. 24 a 26 se demuestra que la empresa demandada planteó excepción de prescripción y excepción de pago dentro de plazo legal, y que fueron resueltas de manera equívoca por el Juez de grado y por el Tribunal de apelación en vez de revocar confirma el fallo lo que demuestra que es totalmente falso el argumento de la última parte del segundo considerando del Auto de Vista
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia motivó que Marcelo David Canseco Fuentes y Andrea Cecilia Reque
- Añade que aquel periodo prescribió en virtud del art
- b) Arguyen que la segunda fundamentación errada del Auto de Vista impugnado se vincula a
- Conforme faculta el art
- El debido proceso legal constituye una esencial garantía constitucional normativa de los justiciables, la cual
- En lo que atañe al fallo de segunda instancia, la congruencia implica la estricta correspondencia
- El art
- El recurso de apelación es considerado como el más importante y usual de los recursos
- Con esa facultad, ingresando a la revisión de los actuados procesales, más concretamente en lo
- Destaca aún más el hecho que sobre la prescripción alegada en el recurso de apelación,
- Con base en lo anterior, la entidad demandada formula recurso de apelación expresando como agravio
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución en la forma prevista en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No encontrando justificable el error cometido, se impone la multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
