Complementando a lo dispuesto en Alzada, también debe quedar anotado que, tratándose de los contratos
Complementando a lo dispuesto en Alzada, también debe quedar anotado que, tratándose de los contratos a plazo fijo, el término para que se considere como una nueva contratación, conforme a lo dispuesto por el art. 1 y 3 de la RM Nº 193/72 de 15 de mayo, es el de tres meses, puesto que las contrataciones a plazo fijo pactados por periodos menores al término de prueba (3 meses conforme a lo dispuesto en la parte final del primer párrafo del art. 13 de la LGT), adquieren la calidad de contratos a plazo indefinido, conforme la normativa correspondiente a la Resolución Ministerial anotada, por lo que aun siendo evidente la existencia de un plazo de interrupción de 12 días señalados por la parte recurrente, entre el segundo y tercer contrato, aquello no afecta en absoluto a lo resuelto por el Tribunal de Alzada al confirmar la Sentencia de primera instancia, estableciendo la continuidad de la relación laboral entre el actor y la entidad demandada, dado que entre las tres contrataciones no existió un periodo de interrupción superior a los tres meses, razón por la cual, este Tribunal no encuentra como evidente el error en la apreciación de las pruebas cursantes de fs. 1 a 9, denunciadas por la entidad recurrente
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia, motivó que Dennis Martín Flores Ruiz Gerente Regional a
- Aspectos estos que ocasionan gravamen irreparable en una institución pública como es COMIBOL, por cuanto
- Concluyó solicitando que se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista y deliberando en
- CONSIDERANDO II
- Consiguientemente, si al vencimiento del término contractual correspondiente persisten las actividades para las que el
- Al respecto, es importante manifestar que el derecho del trabajo, se estructura fundamentalmente sobre la
- En ese entendido el Tribunal de Alzada acertadamente se pronunció, refiriendo que por determinación expresa
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- Por lo señalado, y habiéndose establecido que fue correcta la decisión de los jueces de
- En el marco legal descrito el Tribunal de apelación consideró acertadamente que el Juez a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
