En ese entendido el Tribunal de Alzada acertadamente se pronunció, refiriendo que por determinación expresa
En ese entendido el Tribunal de Alzada acertadamente se pronunció, refiriendo que por determinación expresa de la Ley, no está permitido más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, tampoco están permitidos contratos a plazo en tareas propias y permanentes de la Empresa y que en caso de evidenciarse infracción de estas disposiciones por el empleador, el contrato a plazo fijo se convierte a tiempo indefinido. En torno a las interrupciones de 12 días alegadas por la parte demandada, señaló que estos intervalos, no constituyen interrupciones; surgiendo el principio de continuidad de la relación laboral establecida en el art. 4.b) del DS Nº 28699 ya que el contrato por su naturaleza jurídica y por sus efectos resulta ser un contrato de tracto sucesivo, que la relación laboral no se agota mediante la realización instantánea de cierto acto sino que permanece y se prolonga en el tiempo
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia, motivó que Dennis Martín Flores Ruiz Gerente Regional a
- Aspectos estos que ocasionan gravamen irreparable en una institución pública como es COMIBOL, por cuanto
- Concluyó solicitando que se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista y deliberando en
- CONSIDERANDO II
- Consiguientemente, si al vencimiento del término contractual correspondiente persisten las actividades para las que el
- Al respecto, es importante manifestar que el derecho del trabajo, se estructura fundamentalmente sobre la
- En ese entendido el Tribunal de Alzada acertadamente se pronunció, refiriendo que por determinación expresa
- Complementando a lo dispuesto en Alzada, también debe quedar anotado que, tratándose de los contratos
- Por lo señalado, y habiéndose establecido que fue correcta la decisión de los jueces de
- En el marco legal descrito el Tribunal de apelación consideró acertadamente que el Juez a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
