POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación de fs. 166 a 167, al carecer de sustento legal; ajustándose el Auto de Vista recurrido a las leyes en vigencia, no observándose violación de norma legal alguna, por lo que corresponde resolver en el marco de las disposiciones legales contenidas en los arts. 271.2 y 273 del CPC, aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 166 a 167 interpuesto por Dennis Martin Flores Ruiz, Gerente Regional de COMIBOL Potosí
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 166 a 167 interpuesto por Dennis Martin Flores Ruiz, Gerente Regional de COMIBOL Potosí
- CONSIDERANDO I
- La resolución de segunda instancia, motivó que Dennis Martín Flores Ruiz Gerente Regional a
- Aspectos estos que ocasionan gravamen irreparable en una institución pública como es COMIBOL, por cuanto
- Concluyó solicitando que se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista y deliberando en
- CONSIDERANDO II
- Consiguientemente, si al vencimiento del término contractual correspondiente persisten las actividades para las que el
- Al respecto, es importante manifestar que el derecho del trabajo, se estructura fundamentalmente sobre la
- En ese entendido el Tribunal de Alzada acertadamente se pronunció, refiriendo que por determinación expresa
- Complementando a lo dispuesto en Alzada, también debe quedar anotado que, tratándose de los contratos
- Por lo señalado, y habiéndose establecido que fue correcta la decisión de los jueces de
- En el marco legal descrito el Tribunal de apelación consideró acertadamente que el Juez a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
