Auto Supremo AS/0612/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0612/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Consiguientemente, si al vencimiento del término contractual correspondiente persisten las actividades para las que el

Consiguientemente, si al vencimiento del término contractual correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado o éste fue contratado en más de dos oportunidades sucesivas, siempre que se trate de la realización de labores propias al giro de la empresa, por lo que el cumplimiento del término pactado no constituye ipso facto la culminación de la relación laboral