Auto Supremo AS/0612/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0612/2015

Fecha: 08-Sep-2015

Por lo señalado, y habiéndose establecido que fue correcta la decisión de los jueces de

Por lo señalado, y habiéndose establecido que fue correcta la decisión de los jueces de fondo respecto a la conversión del contrato a plazo fijo por uno a tiempo indefinido, corresponde señalar, en respuesta al argumento esgrimido por la parte recurrente, de que la conclusión de la relación laboral habría sido por conclusión de contrato y no así por despido injustificado; habiéndose establecido que el contrato es por tiempo indefinido, la conclusión de la relación laboral no podía darse sino por decisión voluntaria del trabajador dando fin a su relación laboral o en su caso, por causa legal justificada, conforme las previsiones contenidas en el art. 16 de la LGT y 9 de su DR-LGT, concordante con los arts. 46.I.2, 48.II, y 49.III de la CPE, situación que en el caso no ocurrió, conforme ya se pronunció el Tribunal de Alzada