En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
V. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO O NO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso de casación fue presentado en el plazo de cinco días ante la Sala que emitió la Resolución impugnada; por cuanto la recurrente fue notificada el 5 de septiembre del 2011 (fs. 111) y presentó el recurso de casación en análisis de admisibilidad, el 9 del mismo mes y año (fs. 114 a 117), cumpliendo de esta manera con la exigencia de plazo señalada en el art. 417 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el mencionado Auto de Vista en fecha 5 de septiembre
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- 3) En cuanto al tipo penal de Difamación, se alega que el Auto de Vista
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada, ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso analizado, de la revisión de los antecedentes, se tiene que el recurso
- Respecto al primer motivo, la recurrente denuncia que el Tribunal de Alzada en el Auto
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
