Auto Supremo AS/0618/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular presentada por Oswaldo Mansilla Justiniano (fs. 57 a 64), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia en lo Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 07/2008 de 24 de mayo (fs. 912 a 927 vta.), por la que declaró a los imputados Zulema López Rodríguez, José Manuel Limón Velasco, Carlos Ramos Vásquez, Ángela Irenca Escobar Aguilar, Fernando Morochi Choquecallata, Basilia María Cari Quispe, Hugo Osinaga Peña, Pedro Centellas Albornoz, Elizabeth Méndez Altamirano, Lorenzo Paco Apaza, David Pelayo Álvarez Mamani, Félix Alvarado Camargo, Joaquín Julián Díaz Tapia, María Cristina Escobar Aguilar, Richard Rodríguez Montaño, Oscar Mario Aguilera Cernadez y Justo Moreno Saavedra, absueltos de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, sin que corresponda declarar la temeridad o malicia a los efectos de la responsabilidad. Se salvan los derechos del querellante para acudir a la vía correspondiente en resguardo de su derecho propietario