Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa sin la debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo como obligación el proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso, detallar con precisión la restricción o disminución del derecho o garantía, precisando el mismo y finalmente explicar el resultado dañoso emergente del defecto
- Por memorial presentado el 7 octubre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El acusador particular Osvaldo Mansilla Justiniano, interpuso recurso de casación el 7 octubre de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Que el sorteo del expediente se efectuó sobrepasando los 20 días señalados por ley
- 3) Reiterando que el Tribunal de alzada no consideró los fundamentos de su recurso de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, ante la inexistencia de la diligencia de notificación al querellante
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- En cuanto al segundo motivo concerniente a la denuncia del sorteo extemporáneo para la resolución
- Respecto de motivos tercero y cuarto, resultan ambiguos y confusos carentes de técnica recursiva en
- La alegación de quebrantamiento de los principios de imparcialidad e independencia así como del debido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
