Auto Supremo AS/0633/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2015

Fecha: 22-Sep-2015

b) Arguye que la resolución impugnada incurre en lo previsto por el art

En el fondo
b) Arguye que la resolución impugnada incurre en lo previsto por el art. 253.1 del CPC y vulnera el art. 202 del Código Procesal del Trabajo (CPT), porque omite valorar la prueba de descargo de fs. 172 a 187 y fs. 241 a 289, por la cual se demuestra el daño económico que ocasionó la actora y en consecuencia su justificado despido, no siendo evidente que el juez de grado haya valorado adecuadamente la prueba tomando en cuenta únicamente el memorando de despido y la ausencia de un proceso administrativo para calificar el desahucio; es decir, en el Auto de Vista existió errónea valoración de la prueba, finalmente cita el AS Nº 144/2003 de 21 de abril