Auto Supremo AS/0633/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2015

Fecha: 22-Sep-2015

No encontrando excusable el error cometido, se impone la multa de Bs

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, ANULA el Auto de Vista 09/2015 de 21 de enero, pronunciado por los Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal de Alzada, de manera inmediata previo sorteo y sin espera de turno, bajo responsabilidad administrativa, pronuncie nuevo Auto de Vista, resolviendo los agravios contenidos en el recurso de apelación de fs. 391 a 392, de manera congruente y fundamentada, dando cumplimiento a las previsiones legales contenidas en los arts. 190, 192.3) y 236 del CPC.
No encontrando excusable el error cometido, se impone la multa de Bs.200,00.- a cada uno de los vocales que suscribieron el Auto de Vista recurrido de casación