A los fines de este reclamo, manifestar que un requisito material a fines de probanza
A los fines de este reclamo, manifestar que un requisito material a fines de probanza de la excepción de pago conforme el art. 135 del CPT, es la acreditación fidedigna del pago sobre el concepto que ataque la excepción, siendo evidente que con tal exigencia no sólo se pruebe un pago sino principalmente se corrobore que la eventualidad del mismo en efecto cubre los conceptos de beneficios sociales; exigencias éstas que en el caso de Autos no fueron cumplidas, conllevando que los de instancia acertadamente por una parte hagan mención a la inexactitud del pago sostenido por el demandado, y por otro subsuman su razonamiento al marco de los arts. 66 y 150 del CPT, por lo que era la parte demandada la obligada a ofrecer prueba idónea que desvirtúe lo demandado y no así la trabajadora; situación que no genera consecuentemente agravios a la entidad recurrente
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- Firmado
