Auto Supremo AS/0658/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0658/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública (fs. 5 a 7 vta.), una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Yacuiba de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, pronunció la Sentencia 34/2009 de 17 de diciembre (fs. 114 a 117 vta.), por la que declaró al imputado Linder Irahola Vedia, autor de la comisión del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, condenándolo a la pena de tres años de reclusión, a ser cumplida en la cárcel pública de la ciudad de Yacuiba; asimismo, le concedió el beneficio de la suspensión condicional de la pena con las condiciones insertas en la referida Sentencia; el imputado Nilo Irahola Vedia, fue absuelto de culpa y pena por el mismo delito, conforme lo previsto por el art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), por no ser suficiente la prueba aportada