Auto Supremo AS/0662/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2015-RA-L

Fecha: 21-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la solicitud de extinción de la acción penal por prescripción interpuesta por Raymundo Malfer Prieto, el Juzgado de Instrucción y Cautelar Segundo del Distrito Judicial de Potosí, pronunció Resolución de 14 de febrero de 2011 (fs. 61 a 62 vta.), por la que declaró probada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción interpuesta por el imputado.

b) Contra la mencionada Resolución, el acusador particular Doroteo Arriola Mamani interpuso recurso de apelación incidental (fs. 88 a 97), ante esta solicitud mediante Auto de 2 de abril de 2011 (fs. 101 y vta.) la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, anuló obrados hasta fs. 98 inclusive; posteriormente, el querellante se apersonó y ofreció prueba en segunda instancia, referida a la excepción planteada (fs. 125 a 128), ante la referida apelación el Auto de Vista 17/2011 de 10 de mayo (fs. 165 a 167), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, declaró improcedente el recurso de alzada interpuesto por Doroteo Arriola Mamani y deliberando en el fondo mantiene firme el Auto que declara probada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, dispuso se realice el correspondiente archivo de obrados del proceso penal