En el caso en particular en mérito de haberse recurrido contra un Auto de Vista
III.REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA HACER VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
En el caso en particular en mérito de haberse recurrido contra un Auto de Vista que no resolvió ni se pronunció sobre la admisibilidad y menos el fondo de un recurso de apelación restringida se debe tener presente que por mandato del art. 394 del CPP, reconoce a toda persona el derecho a recurrir precisando que: "Las resoluciones judiciales serán recurribles...", esta norma legal se encuentra en estrecha coherencia con el art. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, más conocida como Pacto Internacional de San José de Costa Rica, derecho fundamental que fue recogido por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), que señala: "Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales"; de estas normas legales se deduce que las resoluciones judiciales dictadas en la jurisdicción ordinaria son recurribles, debiendo el recurrente para su admisibilidad cumplir con ciertas formalidades de fondo y forma
- Por memorial presentado el 18 de mayo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 13 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- La Sala no tomó en cuenta lo señalado en su memorial de apelación donde sustenta
- En el caso en particular en mérito de haberse recurrido contra un Auto de Vista
- El Título V del Libro Tercero del Código de Procedimiento Penal, como medio de impugnación
- Para la admisibilidad del recurso de casación, se exige que el recurrente cumpla con los
- A efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso, debe precisarse que en
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- En el caso de autos, el acusador particular, interpone recurso de casación en contra del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
