De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El Auto de Vista impugnado al confirmar la extinción de la acción penal por prescripción le deja en indefensión y le ocasiona grave perjuicio debido a que no le permite hacer prevalecer su derecho propietario para el procesamiento del imputado por el delito de Estelionato, debido a que no se dio el trámite correcto a la excepción planteada; por otro lado, el Auto de Vista reconoce que el delito referido es de ejecución inmediata, sin considerar la jurisprudencia de la justicia constitucional y la justicia ordinaria porque este delito se perfecciona en el momento de la inscripción del documento de venta fraudulento antes de la publicidad de la venta esta queda como un documento privado de validez entre partes, sin valor legal para oponerse a terceros
- Por memorial presentado el 18 de mayo de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificado el recurrente con el referido Auto de Vista el 13 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- La Sala no tomó en cuenta lo señalado en su memorial de apelación donde sustenta
- En el caso en particular en mérito de haberse recurrido contra un Auto de Vista
- El Título V del Libro Tercero del Código de Procedimiento Penal, como medio de impugnación
- Para la admisibilidad del recurso de casación, se exige que el recurrente cumpla con los
- A efectos de resolver sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso, debe precisarse que en
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- En el caso de autos, el acusador particular, interpone recurso de casación en contra del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
