La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Por otro lado, la recurrente denuncia la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales especificando la lesión al debido proceso y si bien identifica los hechos generadores del recurso; sin embargo, no explica menos fundamenta de qué forma dichos derechos fueron restringidos o disminuidos y cuál la relevancia constitucional y/o el resultado dañosos emergente de la vulneración como del presunto defecto, razón por la cual, este Tribunal se encuentra imposibilitado materialmente a admitir excepcionalmente el recurso de casación vía flexibilización.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Martha Téllez Martínez Vda. de Velásquez fs. 99 a 104 vta
- Por memorial presentado el 17 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente Martha Tellez Martínez Vda
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Que el Tribunal de alzada no ha realizado una revisión minuciosa de la sentencia
- 3) Argumenta que en su recurso de apelación restringida, invocando el Auto Supremo 512 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Analizados los motivos primero y tercero del recurso de casación donde la recurrente denuncia que
- Los motivos segundo y cuarto en los cuales argumentó que el Tribunal de apelación no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
