Por memorial presentado el 17 de junio de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 666/2015-RA-L
Sucre, 21 de septiembre de 2015
Expediente: Potosí 25/2011
Parte Acusadora: Lucinda Burgoa Flore s de Vargas
Parte Imputada: Martha Tellez Martínez de Velásquez
Delito : Difamación e Injurias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de junio de 2011, cursante de fs. 99 a 104 vta., Martha Tellez Martínez de Velásquez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 020/2011 de 9 de junio, de fs. 81 a 83 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por Lucinda Burgoa Flores de Vargas contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 666/2015-RA-L
Sucre, 21 de septiembre de 2015
Expediente: Potosí 25/2011
Parte Acusadora: Lucinda Burgoa Flore s de Vargas
Parte Imputada: Martha Tellez Martínez de Velásquez
Delito : Difamación e Injurias
RESULTANDO
Por memorial presentado el 17 de junio de 2011, cursante de fs. 99 a 104 vta., Martha Tellez Martínez de Velásquez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 020/2011 de 9 de junio, de fs. 81 a 83 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por Lucinda Burgoa Flores de Vargas contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 17 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente Martha Tellez Martínez Vda
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Que el Tribunal de alzada no ha realizado una revisión minuciosa de la sentencia
- 3) Argumenta que en su recurso de apelación restringida, invocando el Auto Supremo 512 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que el recurrente cumple con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- Analizados los motivos primero y tercero del recurso de casación donde la recurrente denuncia que
- Los motivos segundo y cuarto en los cuales argumentó que el Tribunal de apelación no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
