Auto Supremo AS/0681/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0681/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Acusó también que no habría existido relación laboral, siendo un contrato de obra civil y

Acusó también que no habría existido relación laboral, siendo un contrato de obra civil y verbal, en el cual nunca existió subordinación ni dependencia, por lo que el conciliador del Ministerio del Trabajo al conocer el asunto declino jurisdicción y competencia al estar en presencia de una relación obligacional de naturaleza civil y no laboral, no existiendo ninguna prueba idónea como para poder demostrar la existencia de un vínculo laboral