Auto Supremo AS/0681/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0681/2015

Fecha: 28-Sep-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo No 681
Sucre, 28 de septiembre de 2015
Expediente: 382/2011-S
Demandante: Julio Fatimo Villalba Ricaldi
Demandado: Hotel Bolivian Passaport
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 108 a 109, interpuesto por Lidia Limachi Vda. de Flores en su condición de propietaria del Hotel Bolivian Passaport, contra el Auto de Vista Nº 68/2011-SSA-I de 9 de junio, cursante de fs. 104 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales y otros, seguido por Julio Fatimo Villalba Ricaldi contra la recurrente; la respuesta al recurso de fs. 112 y vta.; el Auto No 29/2011 de fs. 114, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales y otros, la Juez Séptimo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió Sentencia Nº 39/2009 de 12 de junio, cursante de fs. 82 a 85, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 12 a 14 de obrados, ordenando a la parte demandada cancelar a favor del actor la suma de Bs.5.611,65.- (cinco mil seiscientos once 65/100 bolivianos) por concepto de indemnización, desahucio, sueldos devengados y multa del 30% prevista por el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006