En ese sentido, la documental cuestionada por el recurrente, no fue erróneamente valorada, pues la
En ese sentido, la documental cuestionada por el recurrente, no fue erróneamente valorada, pues la misma no enerva ni desvirtúa las pretensiones del demandante; en esa medida, se advierte que el empleador no cumplió con el principio de la inversión de la prueba prevista en los arts. 3. h), 66 y 150 del CPT; pese a que, la parte demandada mediante escrito de fs. 24 a 26, respondió negativamente al pago de la demanda social interpuesta, señalando que no existió relación laboral con el actor, pues la literales mencionadas en casación, no reflejan la realidad de los hechos, conforme una valoración armónica y conjunta con las demás pruebas aportadas al proceso, que demuestran incuestionablemente una relación de carácter laboral entre los sujetos procesales, evidenciándose que el actor estuvo incorporado en la estructura administrativa y laboral del Edifico el “Alcazar”, cumpliendo con los requisitos esenciales y características exigidos; es decir, la subordinación y dependencia, la remuneración mensual, un horario determinado y la exclusividad, en aplicación del principio de primacía de la realidad, de continuidad de la relación laboral, arts. 1 y 2 del DS Nº 23570, arts. 2, 3, 4. b) y c) y 5 del DS Nº 28699 y las presunciones establecidas en el art. 182.a) del CPT, aspecto confirmado por el Tribunal de Alzada
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada de fs
- Contra dicha resolución, la parte demandada formuló recurso de casación en el fondo, que en
- A fs
- Que también, a fs
- Acusó con ello que, el Tribunal de apelación infringió el art
- Solicitó en esta parte de su recurso, casar el Auto de Vista Nº 062/2011 de
- Bajo dicho contexto al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador,
- Es importante también referirnos a uno de los principios rectores del derecho laboral, como es
- II
- Así, a fs
- En ese sentido, la documental cuestionada por el recurrente, no fue erróneamente valorada, pues la
- A lo señalado, se debe considerar siempre que, todo trabajo es una prestación a favor
- Al respecto debe recordarse, que conforme a la naturaleza propia del proceso laboral y su
- Por lo anotado, y dado que la parte recurrente si bien no refiriere a la
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
