Auto Supremo AS/0701/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0701/2015-RRC-L

Fecha: 25-Sep-2015

Por Auto Supremo 425/2015-RA-L de 04 de agosto, este Tribunal declaró admisible el recurso interpuesto


Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada a tiempo de emitir el Auto de Vista hoy impugnado incurrió en el defecto absoluto previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, por dictar una resolución incongruente al pronunciarse de forma ultra petita sobre la presunta existencia de defectos de la Sentencia previstos por los incs. 5), y 6) del art. 370, los cuales no fueron motivo de apelación por parte del Ministerio Público, resolución que a decir del recurrente vulnera el debido proceso por no darle la oportunidad de ser oído sobre los supuestos defectos encontrados de oficio por el Ad quem.

I.1.2. Petitorio

El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y ordene que el mismo emita nueva resolución conforme a la doctrina legal aplicable a ser dictada.

I.2. Admisión de los recursos

Por Auto Supremo 425/2015-RA-L de 04 de agosto, este Tribunal declaró admisible el recurso interpuesto por Julio Cesar Rojas López