En el caso de Autos, del análisis del recurso de casación en el fondo, se
En el caso de Autos, del análisis del recurso de casación en el fondo, se advierte que la recurrente acusa la transgresión del art. 327 del Código de Procedimiento Civil porque su domicilio sería en la Ciudad de Potosí y no así en la República de Argentina; de igual forma acusa que el Juez A quo infringió la Ley (no señala que ley) a tiempo de emitir el Auto de Relación Procesal; del mismo modo denuncia la aplicación indebida del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, así como la falta de motivación y fundamentación. De lo señalado y en virtud a lo expuesto supra, se tiene que los reclamos expuestos por la recurrente constituyen a la forma del proceso, toda vez que las mismas se encuentran inmersas en el art. 254 del Código de Procedimiento Civil, cuya finalidad es retrotraer el procedimiento para sanear los hechos denunciados, consiguientemente al ser la finalidad de lo acusado la anulación procesal para cumplir con la omisión, dichos reclamos corresponden a la forma y no al fondo como erradamente fue interpuesto por la recurrente, por lo que las acusaciones expuestas en este punto resultan impertinentes
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia y Auto Complementario, Ingrid Marlen Cabrera Aramayo interpuso Recurso de Apelación
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la entonces Corte
- Resolución que dio lugar al Recurso de Casación en el fondo y en la forma,
- En el fondo
- Asimismo, acusa que existe una franca violación de la Ley cuando los aspectos contemplados en
- Denuncia que el Tribunal de Alzada incurrió en error de hecho y de derecho, porque
- De igual forma acusa que el Tribunal de Apelación hizo una aplicación indebida del art
- Denuncia que el Auto de Vista carece de motivación y fundamentación, toda vez que solo
- En la forma
- Por lo expuesto la recurrente solicita se case el Auto de Vista recurrido y deliberando
- Del fondo
- Continuando, corresponde señalar que al margen de exponer los motivos por los cuales se interpone
- En el caso de Autos, del análisis del recurso de casación en el fondo, se
- Finalmente respecto al error de hecho y de derecho que se acusa, porque pese a
- Consiguientemente, en base a los fundamentos expuestos, en lo que respecta al Recurso de Casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
