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    Auto Supremo AS/0802/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0802/2015

    Fecha: 15-Sep-2015

    Que por otro lado no habría pronunciamiento respecto a la excepción de prescripción, que considera

    Que por otro lado no habría pronunciamiento respecto a la excepción de prescripción, que considera esencial para la definición del proceso, acusando que no se observó lo determinado por los arts. 3 inc. 1), 90 y 233 inc. 4) del Código de Procedimiento Civil, al no pronunciarse expresamente sobre lo planteado
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución contra la que se interpuso los recursos de apelación por María Rilma Rocha Alvarado
    • En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia
    • Resolución que dio lugar al recurso de casación, interpuesto por parte de María Rilma Rocha
    • CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • 2
    • Que por otro lado no habría pronunciamiento respecto a la excepción de prescripción, que considera
    • Cuestiona y refiere que en autos, se haya vulnerado los derechos y garantías constitucionales del
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 2
    • 3
    • 4
    • En consecuencia se dará aplicación a lo previsto por el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable el error
    • En aplicación del art
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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