Con relación a los Autos Supremos 12 de 30 de enero de 2012 y
Señaló como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006 y 431 de 11 de octubre de 2006, pero de los mismos omite explicar cuál la contradicción con los argumentos del Auto de Vista impugnado, señalando simplemente que dicha Resolución no explicó o fundamento aspectos de la Sentencia referidos a su conducta en cuanto a los hechos, impidiendo a este Tribunal la labor encomendada por ley, al no ser posible establecer el sentido jurídico distinto aplicado por el Tribunal de apelación, sin que la omisión en la que incurrió la impetrante pueda ser suplida de oficio.
Con relación a los Autos Supremos 12 de 30 de enero de 2012 y 109 de 10 de mayo de 2012, éstos son referidos a que el Auto de Vista debe estar debidamente fundamentado y motivado; y la contradicción radicaría porque la Resolución del Tribunal de alzada le faltó fundamentación con relación a varios tópicos del recurso de apelación restringida vinculados a la errónea aplicación de los arts. 283 y 287 del CP, sin responder de manera sistémica, adecuada y coherente siendo que solo argumentó en un párrafo haciéndolo de manera confusa y apartada del recurso; en tal sentido, habiendo la recurrente cumplido con la carga argumentativa mínima para la verificación de contradicción por este Tribunal, el motivo resulta admisible
- Por memorial presentado el 16 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Al respecto invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 065/2012-RRC de 19 de abril, 268
- 2) Refiere la existencia de errónea aplicación de los arts
- Señaló como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006, 431
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, en el cual refiere, que la Sentencia realizó una fundamentación
- Al respecto invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 065/2012-RRC de 19 de abril, del
- Con relación al Auto Supremo 268 de 27 de abril de 2009, el mismo es
- Con relación al segundo motivo, referido a la existencia de errónea aplicación de los arts
- Con relación a los Autos Supremos 12 de 30 de enero de 2012 y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
