Auto Supremo AS/0017/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2016-RA

Fecha: 19-Ene-2016

Con relación a los Autos Supremos 12 de 30 de enero de 2012 y


Señaló como precedentes contradictorios los Autos Supremos 329 de 29 de agosto de 2006 y 431 de 11 de octubre de 2006, pero de los mismos omite explicar cuál la contradicción con los argumentos del Auto de Vista impugnado, señalando simplemente que dicha Resolución no explicó o fundamento aspectos de la Sentencia referidos a su conducta en cuanto a los hechos, impidiendo a este Tribunal la labor encomendada por ley, al no ser posible establecer el sentido jurídico distinto aplicado por el Tribunal de apelación, sin que la omisión en la que incurrió la impetrante pueda ser suplida de oficio.

Con relación a los Autos Supremos 12 de 30 de enero de 2012 y 109 de 10 de mayo de 2012, éstos son referidos a que el Auto de Vista debe estar debidamente fundamentado y motivado; y la contradicción radicaría porque la Resolución del Tribunal de alzada le faltó fundamentación con relación a varios tópicos del recurso de apelación restringida vinculados a la errónea aplicación de los arts. 283 y 287 del CP, sin responder de manera sistémica, adecuada y coherente siendo que solo argumentó en un párrafo haciéndolo de manera confusa y apartada del recurso; en tal sentido, habiendo la recurrente cumplido con la carga argumentativa mínima para la verificación de contradicción por este Tribunal, el motivo resulta admisible