Auto Supremo AS/0032/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0032/2016

Fecha: 25-Ene-2016

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución

En el caso presente, cuando el compulsante hace referencia que se le denegó indebidamente su recurso de casación interpuesto contra una Resolución de segunda instancia, no tiene asidero legal su reclamo por las razones anteriormente expuestas, consiguientemente el recuro de compulsa debe ser declarado ilegal.
El Tribunal de apelación (Ad –quem) al haber rechazado el recurso de casación, actuó de manera correcta dentro del marco que establece la Ley Nº 603 toda vez que la misma en su art. 444 señala de manera expresa la improcedencia del recurso de casación en el proceso extraordinario donde se encuentra inmerso el proceso de Divorcio.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42.I num. 4) de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, declara ILEGAL el recurso de compulsa interpuesto por Beimar Flores Guerrero