Auto Supremo AS/0034/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Respecto a los defectos previstos por el art


Respecto a los defectos previstos por el art. 370 incs. 5) y 6) del CPP, acusados por la imputada Tonya Luisa Fuentes Justiniano, el Tribunal de alzada, refirió que la fundamentación suficiente y coherente de la Sentencia es un requisito formal que no se puede omitir, al constituir un elemento eminentemente intelectual, de contenido crítico, pues el resultado de un amplio examen de los hechos (base fáctica) que viene del desfile probatorio y del análisis de las pruebas incorporadas a juicio, de cuyo análisis el Tribunal juzgador debe calificar si la descripción especifica de la conducta del acusado corresponde a un tipo punible previsto en las leyes y así emitir la sentencia que corresponda, razón por la cual que toda sentencia debe tener esos tipos de fundamentación probatoria, descriptica, intelectiva y jurídica