En consecuencia, teniendo presente los antecedentes expuestos y el examen detallado de los fundamentos del
Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios expuestos en el acápite anterior, se tiene que todo lo alegado, según la recurrente, fue forzado en un fallo inmotivado y contradictorio, vulnerando el art. 124 del CPP; empero, se advierte que el Auto de Vista impugnado en su pretensión de dar respuesta al reclamo de la acusada, expuso el hecho objeto de proceso y concluyó en la correcta subsunción de los arts. 345 y 349 del CP, por el Juez de Sentencia; toda vez, que para establecer su concurrencia debe comprobarse los elementos objetivos, como ser: 1) Apropiarse de una cosa mueble ajena o valor ajeno; 2) Que, la conducta de apropiarse sea en provecho de si o de tercero; 3) Que, el autor tuviera la posesión o tenencia legítima del bien; y, 4) Que, la posesión del bien implique la obligación de entregar o devolver. En tanto que la Agravación y Atenuación prevista en el art. 349 del CP, tiene que probarse estos elementos objetivos que la cosa fue recibido en: a) Depósito; b) Como tutor, curador, síndico, liquidador, inventariante, albacea testamentario o depositario judicial; y, c) En razón de su oficio, empleo o profesión; extremos adecuadamente controlados por el tribunal de apelación.
En consecuencia, teniendo presente los antecedentes expuestos y el examen detallado de los fundamentos del Auto de Vista impugnado, se concluye que no existe vulneración de derechos y garantías alegadas; concluyendo que la Resolución cuestionada reúne las condiciones de validez necesarias; por lo que, deviene el presente recurso en infundado
- Por memorial presentado el 9 de marzo de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 128/2014 de 16 de octubre (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 391/2015-RA de 17 de junio,
- La recurrente, previa referencia a la vulneración del debido proceso, la seguridad jurídica y al
- Refiere que de la revisión del Auto de Vista impugnado: “…se tiene la omisión del
- De igual forma refiere la ausencia de una suficiente y adecuada revisión y motivación en
- La parte recurrente pide que previo análisis, se revoque el Auto de Vista y se
- Mediante Auto Supremo 391/2015-RA de 17 de junio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- El Juez de Partido, Mixto, Liquidador y Sentencia de Villazón, por Sentencia 128/2014 de 16
- En la relación de hechos, se establece que la acusada fue contratada como Secretaria del
- En la Sentencia, se destaca la situación laboral de la acusada como secretaria, la recepción
- Asimismo no se establece cuál el motivo para la disposición del dinero por la acusada;
- También refiere que en el causa no se presentó prueba alguna de descargo, sólo se
- II.2. De la apelación restringida
- La parte acusada, apela la Sentencia argumentando su contratación de servicios como Secretaria y que
- Que el documento base de la querella es un documento civil, por ser una controversia
- Denuncia error in procedendo por insuficiente fundamentación de la Sentencia, porque no se requiere una
- II.3 Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- III.2. Análisis del caso concreto
- Atendiendo a que en el presente caso, la recurrente alega la vulneración de los derechos
- De los antecedentes procesales, se advierte que la recurrente enfatiza que el presente caso, es
- También se establece que en el recurso de apelación restringida formulada por la recurrente, se
- De lo que se establece que el Tribunal de alzada no encontró fundada la denuncia
- En consecuencia, teniendo presente los antecedentes expuestos y el examen detallado de los fundamentos del
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
