Auto Supremo AS/0339/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0339/2016

Fecha: 10-Oct-2016

En el caso que nos ocupa, el hecho de que no se haya llevado a

En el caso que nos ocupa, el hecho de que no se haya llevado a discusión por ninguna de las partes la correspondencia del monto adeudado con el tiempo de servicios, constituye un serio indicio que aparta el caso de la jurisdicción laboral, por cuanto en la materia, en línea de principio, el sueldo o remuneración, dentro de una relación de dependencia laboral, responde y se pacta en términos mensuales, aunque no existe prohibición legal de que se materialice en términos de jornal diario o remuneración semanal, en tal grado que el Estado, al momento de establecer el salario mínimo nacional o el incremento salarial, toma como referencia el denominador mensual. Consiguientemente, la suma global pactada verbalmente o la suma global que se reclama como adeudada, parece no responder a una relación de dependencia laboral