En consecuencia, se advierte que el asegurado solicitante de la renta de única de vejez
En consecuencia, se advierte que el asegurado solicitante de la renta de única de vejez Nicolás Silisque Orihuela, demostró con amplia prueba documental, consistente en el certificado de nacimiento y de matrimonio entre otros documentos, los mismos que, hasta tanto no sean declarados nulos y sin valor legal mediante una Sentencia judicial pasada en autoridad de cosa juzgada, estos cuentan con todo el valor legal previsto en los arts. 73 del CF, 1287 y 1289 del CC, mismos que hacen plena fe, al haber sido extendido con las solemnidades del caso y por los funcionarios autorizados, conforme prescribe la Ley; documentales que la entidad recurrente no tomó en cuenta a tiempo de emitir sus resoluciones administrativas correspondientes
- CONSIDERANDO I
- Ante el recurso de reclamación interpuesto por Nicolás Silisque Orihuela, (fs
- En grado de apelación deducido por Nicolás Silisque Orihuela, (fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación de fs
- Solicitó al Tribunal Supremo de Justicia, que deliberando en el fondo, case el Auto de
- Que así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación a los
- Que, a fin de dilucidar la problemática planteada, es menester partir recordando que el art
- La Sentencia Constitucional Nº 55/2013 de 11 de enero establece como entendimiento sobre la jubilación
- De lo señalado precedentemente, es posible extraer que, los derechos a la seguridad social constituyen
- En el mismo sentido, la renta de vejez encuentra inserto como derecho a la seguridad
- El art
- En ese entendimiento, se advierte que el derecho a la renta única de vejez, como
- De igual manera, debe tomarse en cuenta que conforme el art
- Al respecto, cabe recordar que el art
- Así en el caso de Autos, debemos señalar que, de la lectura integral del Auto
- En consecuencia, se advierte que el asegurado solicitante de la renta de única de vejez
- Sin embargo de ello, la entidad recurrente insiste en que, tales documentos con los que
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido, no infringió ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
