Auto Supremo AS/0416/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0416/2016

Fecha: 31-Oct-2016

Al respecto, el art

Al respecto, el art. 7 del Decreto Supremo Nº 18494 de 13 de julio de 1981 derogó el artículo 65 del Decreto Ley No 13214 de 24 de diciembre de 1975 y se estableció que los aportes no pagados y/o no cobrados, por periodos superiores a los 15 años, prescriben, indicando también que el término de la prescripción se interrumpe por una demanda coactiva o cualquier acto que sirva para constituir en mora al deudor. Disposición legal, que se encuentra en concordancia con el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 25809 de 8 de junio del 2000 que indica que los aportes no pagados y/o no cobrados, por periodos superiores a los quince (15) años prescriben, determinando como fecha límite de aportes el 30 de abril de 1997 (fecha de corte del Sistema Residual de Reparto de la Seguridad Social de largo plazo); y, que el término de la prescripción se interrumpe por una demanda coactiva o cualquier acto que sirva para constituir en mora al deudor