Auto Supremo AS/0416/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0416/2016

Fecha: 31-Oct-2016

Después de hacer alusión a la SCP 0790/2012 de 20 de agosto de 2012, argumenta

Después de hacer alusión a la SCP 0790/2012 de 20 de agosto de 2012, argumenta que la Constitución es la norma suprema, que goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, y que resulta infringido por la disposición legal impugnada, haciendo posteriormente alusión al art. 324 de la CPE, respecto a la imprescriptibilidad de las deudas por daños económicos causados al Estado. Alega finalmente, que el Auto de Vista recurrido al interpretar en una forma meramente civilista el art. 4 del DS Nº 25809 de 08/06/2000, desfasada del nuevo orden constitucional vigente, produce un típico caso de inconstitucionalidad sobreviniente, al haber establecido un régimen de prescripción del cobro de los aportes devengados, “no pagados y/o no cobrados” a fs. 263, por lo que se hace necesaria su expulsión de dicho ordenamiento