Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0418/2016
Fecha: 31-Oct-2016
CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II
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Auto Supremo Nº 418/2016
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Sucre, 31 de octubre de 2016
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Distrito: Chuquisaca
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I.1.- Antecedentes del proceso
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Que, tramitado el proceso de referencia la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del
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I.2 Motivos del recurso de casación
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Señaló que la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia
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Sostiene que la resolución impugnada no consideró los requisitos establecidos en el art
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Manifestó que la Sentencia impugnada viola el art
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Acusó la violación del par
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Denunció también en la casación, la violación del art
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Finalmente, refiere la violación del debido proceso instituido en el art
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I.1.3 Petitorio
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Concluyó el recurso solicitando al Tribunal Supremo que dicte resolución casando la sentencia recurrida conforme
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En relación a la violación del art
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Arguye que los jueces, con el fin de garantizar el debido proceso de ambas partes
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Finalmente señala citando jurisprudencia constitucional que el juez no ha incurrido en la violación del
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I.2.1. Petitorio
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Concluyó el memorial de respuesta, solicitando se declare improcedente el recurso de casación
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CONSIDERANDO II
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En ese marco legal, establecida como está la competencia de este Tribunal Supremo, con carácter
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Ahora bien, a efectos de lo anotado precedentemente, es preciso hacer referencia lo previsto
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De la revisión de obrados se desprende que la Empresa Constructora INSTACC, demandó en la
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Que, conocido el litigio por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa Social y Administrativa del Tribunal
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Que, posteriormente el tribunal de instancia, emitió la Sentencia Nº 188/2016 de 6 de abril
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Asimismo, el art
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Finalmente, el art
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Que, las normativas citadas, deben ser aplicadas por los jueces de instancia, así como por
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En la especie, el tribunal de instancia no solo se apartó de las normativas transcritas,
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Bajo el razonamiento expresado, las sentencias deben ser absolutorias o condenatorias al demandado; es decir,
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Por lo relacionado, el tribunal de instancia, incurrió en incorrecta aplicación de normas procesales al
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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En cumplimiento del art
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.
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