Los fundamentos de inconstitucionalidad expuestos en el memorial presentado por Jorge Vaca Ribera Nagamatzu, se
Los fundamentos de inconstitucionalidad expuestos en el memorial presentado por Jorge Vaca Ribera Nagamatzu, se sintetizan de la siguiente manera:
Señala que el art. 210 del CP, está compuesto por los siguientes elementos: 1) La conducción peligrosa de vehículo; 2) La transgresión, inobservancia de las disposiciones de tránsito o por cualquier otra causa; y, 3) La puesta en peligro para la seguridad común, advierte que una persona resulta sancionable si se presentan esos elementos; no obstante, el legislador no realizó una interpretación auténtica de dicha norma, cuando debió precisar según indica de la siguiente manera: “para los efectos del inciso anterior, constituye conducción peligrosa, el disputar la vía entre vehículos o realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin previo permiso de la autoridad competente. También constituye conducción peligrosa, el manejar vehículo de motor en estado de ebriedad según el límite fijado reglamentariamente o bajo los efectos de las drogas” (sic)
- I.ARGUMENTOS DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONCRETA CONTRA EL ART. 210 DEL CP
- Los fundamentos de inconstitucionalidad expuestos en el memorial presentado por Jorge Vaca Ribera Nagamatzu, se
- Afirma que el legislador no define como peligrosa la conducción de vehículos otras conductas peligrosas
- Señala que la interpretación auténtica del legislador contiene una norma penal en blanco, pues le
- En ese sentido, trae a colación la clasificación doctrinal de los delitos de peligro, la
- Por lo expuesto, solicita se declare la inconstitucionalidad del art
- Dispuesto el traslado a los sujetos procesales en observancia del art
- De conformidad con lo establecido en el art
- Es por ello que tanto el legislador como la jurisprudencia constitucional, han establecido determinados requisitos
- Respecto a la relevancia de la norma impugnada en la decisión del proceso judicial o
- Similar entendimiento fue expresado en los Autos Constitucionales 0035/2014 de 29 de enero y 0100/2014-CA
- La cita jurisprudencial precedente, permite concluir a este Tribunal Supremo, que la autoridad judicial o
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Remítase al Tribunal Constitucional Plurinacional la presente Resolución junto con las fotocopias legalizadas de los
- Regístrese y Cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
