Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Los recurrentes transcribiendo parcialmente el Auto Supremo 104 de 20 de febrero del 2004, refieren que la pretensión en una apelación restringida es que el Tribunal de apelación determine si existe la falta o insuficiente fundamentación de la sentencia y una defectuosa valoración de la prueba y si en ésta última se aplicó las reglas de la sana crítica, aspectos que no habrían sido valorados en el caso de autos por el Ad quem, quien se hubiese limitado a ratificar los errores de la sentencia y la falta de valoración de la prueba, pues según refieren los recurrentes: i) Las pruebas MP1 hasta MP15 no constituirían prueba para sostener la existencia del delito, al tratarse sólo de informes, ii) Que las atestaciones de los profesionales que intervinieron en el caso, habrían sido propuestos como testigos en lugar de ser propuestos como peritos; iv) La prueba testifical sería sólo referencial, ya que nadie presenció el hecho delictivo; v) No se hubiere exhibido el certificado de nacimiento de la presunta víctima a efecto de probar su minoría de edad como elemento del tipo penal previsto por el art. 308 Bis del CP; a cuyo fin, hace referencia al Auto Supremo 027/2014-RRC de 18 de febrero de 2014, que habría señalado que ante la ausencia de uno de los elementos configurativos del tipo penal, no existe delito. Por otro lado, los recurrentes transcriben parcialmente los Autos Supremos 314/2016 de 25 de agosto de 2006 y 50 de 27 de enero de 2007
- Por memorial presentado el 16 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Haciendo referencia a lo dispuesto por los Autos Supremo 47/2012-RRC de 23 de marzo
- 3) Denuncia que el Tribunal de apelación había revalorizado las declaraciones testificales y a tiempo
- 4) Refiere que se observó la prueba MP-11, porque el peritaje realizado no cumplió con
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
- En el segundo motivo de casación, a tiempo de alegar que el Tribunal de alzada
- En el tercer motivo de casación los recurrentes a tiempo de denunciar que el Tribunal
- En el cuarto motivo de casación, los recurrentes se limitaron argumentar de manera confusa y
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
