3) Finalmente, reclaman que el Auto de Vista recurrido incumplió la duración, especificación e imposición
3) Finalmente, reclaman que el Auto de Vista recurrido incumplió la duración, especificación e imposición de la pena; toda vez, que a efectos de la confirmación de la sentencia respecto a los delitos de Ejercicio Indebido de la Profesión y Ejercicio Ilegal de la Medicina, no consideró que tienen diferente adecuación en lo conducente a la imposición de la pena; puesto que, el delito de Ejercicio Ilegal de la Medicina conlleva también la imposición de treinta a cien días multa, que no fue consignada en la sentencia ni observada por el Tribunal de alzada; a cuyo efecto, invocan los Autos Supremos 561/2004 de 1 de octubre y 26/2014 de 17 de febrero que transcriben
- Por memoriales presentados el 12 de mayo y 4 de julio ambos de 2016, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la acusadora particular Cristina Calle Inca con el referido Auto de Vista el
- De los memoriales de fs
- 2) Por otra parte reclaman, que el Auto de Vista recurrido en su considerando III
- 3) Finalmente, reclaman que el Auto de Vista recurrido incumplió la duración, especificación e imposición
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- Ahora bien, al haberse extractado de manera conjunta los reclamos de los recurrentes por ser
- En cuanto, a la invocación de los Autos Supremos 418/2006 de 10 de octubre y
- Respecto a los motivos segundo y tercero, en los que denuncian que el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
