Auto Supremo AS/0826/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0826/2016-RA

Fecha: 21-Oct-2016

De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes cumplieron con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta, que Francisco Gabriel Munizaga Meneses fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 11 de mayo de 2016 (fs. 164), presentando su recurso de casación el 12 del mismo mes y año, conforme consta del cargo de recepción (fs. 162 vta.) y Cristina Calle Inca fue notificada con el Auto de rechazo a su solicitud de complementación y enmienda al Auto de Vista el 27 de junio de 2016, en su domicilio procesal (fs. 184), presentando su recurso de casación el 4 de julio de 2016, conforme consta del cargo de recepción (fs. 190), cumpliendo de esta manera ambos recurrentes con el primer párrafo del art. 417 del CPP