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    Auto Supremo AS/0836/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0836/2016-RRC

    Fecha: 21-Oct-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 4 de marzo de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 584/2016-RA de 3 de agosto,
    • El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada a tiempo de declarar inadmisible su recurso
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita que se declare fundado su recurso y se deje sin efecto la
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • i) Refiere que Simón Aliaga Sillo, el 13 de mayo de 2012 a horas 18:00
    • ii) La conducta del imputado, es antijurídica porque el hecho de abusar sexualmente de la
    • iii) El imputado tenía pleno conocimiento sobre la ilicitud de su conducta, sabía que violar
    • iv) Se estableció que el imputado es autor de la comisión del delito de Violación
    • II.2. De la apelación restringida
    • i) Señala que se incurrió en el defecto de la Sentencia previsto por el art
    • ii) Se incurrió en el defecto de la Sentencia previsto por el art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • a) Es obligación de la autoridad jurisdiccional velar el cumplimiento del principio de legalidad pues
    • b) De la revisión prolija del legajo de apelación en aplicación del art
    • En el presente recurso de casación, se denuncia la inobservancia de lo previsto por el
    • III.1. Normativa legal aplicable y precisiones legales correspondientes
    • Con la finalidad de sentar las bases que servirán de fundamento al presente fallo, es
    • “Artículo 130°
    • Los plazos determinados por horas comenzarán a correr inmediatamente después de ocurrido el acontecimiento que
    • Los plazos determinados por días comenzarán a correr al día siguiente de practicada la notificación
    • Al efecto, se computará sólo los días hábiles, salvo que la ley disponga expresamente lo
    • Los plazos comunes expresamente determinados en este Código comenzarán a correr a partir de la
    • Los plazos sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales; y podrán declararse en suspenso por
    • Artículo 160°
    • Las resoluciones serán obligatoriamente notificadas al día siguiente de dictadas, salvo que la ley o
    • Artículo 161°
    • Cuando el interesado no haya señalado un medio de comunicación específico, aquellas se podrán realizar
    • Artículo 163°.- (Notificación personal). Se notificarán personalmente
    • Si el interesado no fuera encontrado, se la practicará en su domicilio real, dejando copia
    • Artículo 167°
    • En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
    • Artículo 169°.- (Defectos absolutos). No serán susceptibles de convalidación los defectos concernientes a
    • Por la complejidad del proceso o lo avanzado de la hora podrá diferirse la redacción
    • La sentencia se notificará con su lectura integra y las partes recibirán copia de ella
    • Artículo 396º.- (Reglas generales). Los recursos se regirán por las siguientes reglas generales
    • “Artículo 115
    • I
    • II
    • Artículo 117
    • Artículo 180
    • II. Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales”
    • La normativa transcrita precedentemente, deja sin lugar a dudas, establecido que una vez concluida la
    • Ahora bien, conforme lo desarrollado en éste acápite, se debe entender que, un mal cómputo
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • De la revisión del motivo en examen, se advierte que se denuncia la inobservancia de
    • Examinados los antecedentes, se establece que, conforme se desprende a fs
    • Por otra parte, del cargo de presentación a fs
    • Ahora bien, computados los plazos, con base en lo desarrollado en el acápite precedente, se
    • pronuncie un nuevo Auto de Vista en conformidad a la doctrina legal establecida en la
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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