Auto Supremo AS/0836/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0836/2016-RRC

Fecha: 21-Oct-2016

ii) Se incurrió en el defecto de la Sentencia previsto por el art


ii) Se incurrió en el defecto de la Sentencia previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, porque la Sentencia se basaría en hechos inexistentes no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba en vulneración al derecho, a la seguridad jurídica, la legitima defensa en juicio, el debido proceso, el principio de contradicción, el principio de congruencia y la presunción de inocencia