De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 22/2012 de 16 de julio del 2012 (fs. 195 a 199 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Armando Ortiz Osuna, autor de la comisión del delito de Violación a Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis con la Agravante establecida en el inc. 23) del art. 310 del CP, imponiéndole la pena de veinticinco años de privación de libertad sin derecho a indulto, con costas a favor del Estado y el pago de resarcimiento civil emergente del delito, averiguable en ejecución de Sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Armando Ortiz Ozuna, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 216 a 224 vta.), resuelto por Auto de Vista 9/2013 de 25 de octubre (fs. 248 a 250), dejado sin efecto por Auto Supremo 24/2014-RRC de 24 de marzo (fs. 282 a 284 vta.); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal de Justica del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija (con la convocatoria de un Vocal de la Sala Civil), dictó el Auto de Vista 23/2016 de 4 de agosto (fs. 358 a 360),que declaró sin lugar el recurso de apelación restringida.
c) Por diligencia de 07 de septiembre del 2016 (fs. 367 vta.), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 14 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia la existencia de defecto absoluto por la no atención y resolución a si
- 3) Haciendo referencia a los argumentos del Auto de Vista recurrido en lo que respecta
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en el
- Respecto del segundo motivo en el que denuncia la existencia de defecto absoluto por la
- En cuanto, a lo alegado en el presente motivo de igual manera se tiene el
- En el tercer motivo en el que se alega varios defectos en los que
- Al respecto, se tiene el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad en cuanto a la
- Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del presente motivo, no pueden ser suplidas de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
