Auto Supremo AS/0857/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2016-RA

Fecha: 31-Oct-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 22/2012 de 16 de julio del 2012 (fs. 195 a 199 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Armando Ortiz Osuna, autor de la comisión del delito de Violación a Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis con la Agravante establecida en el inc. 23) del art. 310 del CP, imponiéndole la pena de veinticinco años de privación de libertad sin derecho a indulto, con costas a favor del Estado y el pago de resarcimiento civil emergente del delito, averiguable en ejecución de Sentencia.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Armando Ortiz Ozuna, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 216 a 224 vta.), resuelto por Auto de Vista 9/2013 de 25 de octubre (fs. 248 a 250), dejado sin efecto por Auto Supremo 24/2014-RRC de 24 de marzo (fs. 282 a 284 vta.); en cuyo mérito, la Sala Penal Primera del Tribunal de Justica del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija (con la convocatoria de un Vocal de la Sala Civil), dictó el Auto de Vista 23/2016 de 4 de agosto (fs. 358 a 360),que declaró sin lugar el recurso de apelación restringida.

c) Por diligencia de 07 de septiembre del 2016 (fs. 367 vta.), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 14 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad