Auto Supremo AS/0857/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0857/2016-RA

Fecha: 31-Oct-2016

Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del presente motivo, no pueden ser suplidas de


Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del presente motivo, no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de vulneración derechos y garantías constitucionales como el debido proceso y a la defensa, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, el recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron completamente omitidos, pues a más de proceder a señalar de manera general la vulneración de derechos y garantías constitucionales, no las relaciona a algún defecto absoluto y como resultado lógico de la deficiencia antes descrita, de ninguna manera precisa cuál su relación con lo resuelto por el Tribunal de alzada; en consecuencia, genera que el presente motivo resulte inadmisible, aun así acudiendo a los criterios de flexibilización