Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del presente motivo, no pueden ser suplidas de
Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del presente motivo, no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de vulneración derechos y garantías constitucionales como el debido proceso y a la defensa, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, el recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron completamente omitidos, pues a más de proceder a señalar de manera general la vulneración de derechos y garantías constitucionales, no las relaciona a algún defecto absoluto y como resultado lógico de la deficiencia antes descrita, de ninguna manera precisa cuál su relación con lo resuelto por el Tribunal de alzada; en consecuencia, genera que el presente motivo resulte inadmisible, aun así acudiendo a los criterios de flexibilización
- Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Denuncia la existencia de defecto absoluto por la no atención y resolución a si
- 3) Haciendo referencia a los argumentos del Auto de Vista recurrido en lo que respecta
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en el
- Respecto del segundo motivo en el que denuncia la existencia de defecto absoluto por la
- En cuanto, a lo alegado en el presente motivo de igual manera se tiene el
- En el tercer motivo en el que se alega varios defectos en los que
- Al respecto, se tiene el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad en cuanto a la
- Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del presente motivo, no pueden ser suplidas de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
