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    Auto Supremo AS/1193/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1193/2016

    Fecha: 24-Oct-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que fue apelada por Héctor Francisco Ortiz Añez por memorial de fs
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Respecto dice a las quejas de su contraparte de haber estado sometido a indefensión, refiere
    • Pide se case el Auto de Vista, declarando probada la demanda principal y resuelto el
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Que el recurso no se encontraría debidamente fundamentado, sin individualizar para su correcto entendimiento, refiere
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Autos Supremos Nº 448/2015 de 18 de junio, Nº 115/2013 de 11 de marzo
    • En los que se definió que los debates sobre acciones reales o personales (resolución de
    • Por otro lado se tiene el entendimiento expresado en el Auto Supremo No
    • previsto por la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, se ingresa a
    • Bajo esos antecedentes, se debe tener presente que en definitiva se discute la resolución de
    • Con referencia a la problemática y controversia suscitada, se debe aclarar que se pretende la
    • En relación al tema, se tiene que la Ley No
    • Por otro la Constitución Política del Estado en su art
    • De lo relacionado anteriormente, se verifica que la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma
    • Se colige entonces que cuando la controversia se suscita por cuestiones que derivan de materia
    • Por las razones expuestas, no siendo necesario hacer mayores consideraciones, corresponderá emitir resolución anulando obrados
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser error excusable
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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