Auto Supremo AS/1193/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1193/2016

Fecha: 24-Oct-2016

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 215/2015 de 31 de agosto de fs. 210 a 211 vta., por el que; Se REVOCA la Sentencia de fecha 27 de marzo de 2015 cursante de fs. 183 a 186 vta., únicamente en lo que respecta a la condenación al pago de Daños y Perjuicios expresados en la Sentencia, manteniéndose incólume lo demás, complementado por Auto de fecha 14 de septiembre de 2015 de fs. 219, con argumentos referidos al principio dispositivo, congruencia y que la resolución que debe versar en sujeción a lo previsto por el art. 190 del Código de Procedimiento Civil, que el Juez no puede apartarse de la demanda y contestación a la misma, responde de manera positiva o negativa en la Sentencia, luego señala a las documentales adjuntas a obrados y los actuados procesales en relación a las mismas, que el demandado no habría podido producir sus pruebas testificales, desvirtuando por otro lado lo reclamado como indefensión por el demandado por la intervención que tuvo en el proceso, desvirtúa asimismo la apelación diferida al no ser evidentes. Con relación a los daños y perjuicios, señala que no se habría probado y quedaría en la enunciación