Auto Supremo AS/1227/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1227/2016-RA

Fecha: 26-Oct-2016

De donde se infiere que la adhesión propiamente dicha, jurídicamente está reservada en apelación para


De donde se infiere que la adhesión propiamente dicha, jurídicamente está reservada en apelación para la contraparte o parte apelada, y no es procedente en casación, toda vez que el anterior Código de Procedimiento Civil y el actual Código Procesal Civil no prevén la figura de adhesión al recurso de casación por asimilarse éste recurso precisamente a una demanda nueva de puro derecho