Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1242/2016
Fecha: 28-Oct-2016
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
-
Proceso: División y partición de bien común
-
Distrito: Cochabamba
-
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
-
Resolución que puesta en conocimiento de las partes, dio lugar a que Juanito Félix Zelada
-
En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
-
Resolución que dio lugar al Recurso de Casación interpuesto por Juanito José Zelada Zurita Nora
-
II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
-
Asimismo hace notar que si bien está de acuerdo con que no debe mantenerse indefinidamente
-
Por lo expuesto solicita se revoque el Auto de Vista y se confirme la Sentencia
-
Refiere que la acusación de incorrecta valoración de la prueba cursante de fs
-
Con relación a que previamente se deban cumplir normas municipales para hacer viable la división
-
Que la certificación solicitada al Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, fue con la única finalidad
-
Que en el auto de relación procesal no se señaló como hecho a probar el
-
Por lo expuesto solicita se confirme el Auto de Vista declarando infundado el recurso extraordinario
-
III.1.- De la división de la cosa común
-
De igual forma, este autor señaló que cuando existe comunidad, el copropietario tiene su derecho
-
En otras palabras podemos inferir que el sistema normativo Civil, respecto al régimen de la
-
En esa lógica, cuando se interpone la acción de división de la cosa común, el
-
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
-
Sobre la errónea apreciación de las pruebas cursantes a fs
-
De estos antecedentes se tiene, que si bien es cierto que en obrados existen los
-
Finalmente respecto a que la división del inmueble debe estar sujeta a normas municipales, debemos
-
Consecuentemente, en virtud a las razones expuestas y toda vez que los reclamos expuestos en
-
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
-
Regístrese, comuníquese y devuélvase
-
Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
Otros enlaces de interés: