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    Auto Supremo AS/0404-1/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0404-1/2016

    Fecha: 25-Nov-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandado: Cooperativa de Teléfonos Automáticos COTEL Ltda
    • VISTOS: Los recursos de casación, el primero presentado por la Cooperativa de Teléfonos Automáticos COTEL
    • Contra esta decisión ambos sujetos procesales, apelaron, COTEL, mediante escrito de fs
    • Los Vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Respecto a la causal de desvinculación laboral
    • COTEL, manifiesta que la cesación laboral de Julio Tonconi Choque, se enmarcó dentro lo establecido
    • Con relación a la imprescriptibilidad de los derechos y beneficios sociales, dispuestos en la actual
    • Respecto a la inexistencia de litis pendencia en materia laboral
    • En aplicación del art
    • En su petitorio, pide que este Tribunal deje sin efecto el Auto de Vista y
    • Respecto al pago de sueldos devengados desde el 11 de enero de 2010, hasta la
    • Seguidamente refiere: “Lo que implica que esta suspensión arbitraria, ilegal, perjudicial una vez demostrada ante
    • Pide que este Tribunal case en parte el Auto de Vista de fs
    • El art
    • Estando plenamente vigente el CPT, se asume que las normas supletorias, en el actual contexto
    • En virtud a esta fundamentación jurídica, amparados en el principio de legalidad, especialidad y jerarquía
    • Aplicando el análisis jurídico anteriormente expuesto al caso concreto, amparados en el principio de verdad
    • En relación al recurso extraordinario de casación no se considera una instancia, sino un juicio
    • Respecto a la segunda clase de error, se refiere a una equivocada aplicación de determinadas
    • Con relación al recurso de casación de fs
    • 1
    • 2
    • 3
    • También es evidente que de fs
    • -Una decisión administrativa, que defina derechos, imperativamente es un acto administrativo, la que adquirirá firmeza
    • -Por los antecedentes antes citados, se asume que Julio Tonconi Choque, luego de haber conocido
    • -La actual Constitución Política del Estado, emergente de la Asamblea Constituyente de 2006, legitimada mediante
    • Es decir que ninguna de las previsiones contenidas en esta norma fundamental pueden ser interpretadas
    • Ingresando al caso concreto, se asume que los derechos y garantías laborales contenidos en los
    • -Complementando, el proceso administrativo disciplinario que inició COTEL contra el ahora ex trabajador y el
    • Es coherente presumir que una determinada persona pueda ser simultáneamente procesada por el mismo hecho
    • a) Si se tiene presente que una decisión judicial únicamente puede ejecutarse en función a
    • b) La decisión asumida por la Comisión Sumariante, se la debe presumir de constitucional, en
    • c) Normativamente la decisión asumida por la Comisión Sumariante, emitida en enero del año 2000,
    • Con relación al recurso de casación de fs. 254 A 258, interpuesto Julio Tonconi Choque
    • El actor, ahora recurrente, mediante este recurso de casación, únicamente impugnó la decisión asumida por
    • -Este Tribunal explicó, en el caso concreto que si bien la Comisión Sumariante de COTEL,
    • -Es probable que el proceso penal que seguidamente se le inició a Julio Tonconi Choque
    • -El ahora impetrante, no presentó y tampoco produjo ningún medio de prueba idónea que acredite
    • -Finalmente dentro el actual contexto normativo, la jurisdicción laboral, no tiene competencia para dejar sin
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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