POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 89 a 93, interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo a.i. del SENASIR; por consiguiente se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista Nº 215/2014-SSA-I de 17 de noviembre, de fs. 86 a 87 de obrados
- Auto Supremo Nº 421 /2016
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- Contra el referido auto de vista, Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo a
- Por otro lado refirió que, el tribunal de alzada efectuó una aplicación errónea de la
- CONSIDERANDO II
- Bajo ese mismo entendimiento, por imperio del art
- En cuanto a la supuesta vulneración del art
- De lo expuesto precedentemente, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
