Auto Supremo AS/0907/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2016-RRC

Fecha: 18-Nov-2016

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó el Auto


La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó el Auto de Vista 17/2016 de 7 de marzo y declaró improcedentes las cuestiones planteadas, de acuerdo a los siguientes fundamentos:

En el numeral tercero del Considerando III del Auto de Vista recurrido, se estableció que en cuanto a la aplicación de la pena el Tribunal a quo se basó en la valoración de pruebas de cargo como de descargo, mismas que en el desarrollo del proceso fueron desvirtuadas por la defensa, siendo la raíz del problema rencillas familiares que de la evaluación del Tribunal derivó en la aplicación de los artículos referidos a la imposición de la pena, mismos que se encuentran fundamentados en la exposición de motivos para la aplicación de la pena, habiéndose cumplido con el art. 124 del CPP.

Transcribiendo lo establecido en el art. 37 del CP, concluyeron que el límite de la imposición de la pena lo constituye la ley y no al requerimiento efectuado por el acusador; por lo que, se aclaró que la aplicación de la pena era exclusiva de los jueces; toda vez, que si quedaran vinculadas a la petición del Ministerio Público, imponiendo exactamente la pena solicitada, estarían renunciando a las prerrogativas otorgadas por la ley de efectuar una valoración libre de los elementos probatorios acumulados en el proceso, en suma se estaría renunciando a la facultad de juzgar