Auto Supremo AS/0925/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0925/2016-RRC

Fecha: 24-Nov-2016

De lo que, concluimos que una resolución no solo queda viciada de nulidad ante la


De lo que, concluimos que una resolución no solo queda viciada de nulidad ante la falta de exposición de las razones de hecho y derecho que justifiquen la decisión del administrador de justicia, lo que se conoce como falta de motivación; sino también, cuando dicha resolución, a tiempo de exponer las razones de hecho, exhibe aspectos que no tienen relación con: i) El proceso, ii) La realidad probada por el A quo; y, iii) Con los motivos llevados a su jurisdicción, errores conocidos como una falsa motivación y que privan de razones suficientes, para justificar la decisión asumida por el operador de justicia, convirtiendo la resolución en arbitraria y vulneradora del derecho a la defensa, derecho a recurrir y la tutela judicial efectiva que amerita la nulidad del acto